LEY 23 DE 1981, ART.34
La historia clínica es un documento privado, sometido a reserva, que únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley.
Podrán acceder UNICAMENTE a la información contenida en la historia clínica, en los términos previstos en la ley:
• El paciente.
• El equipo de salud.
• Las autoridades judiciales y de salud en los casos previstos en la ley.
• Las demás personas determinadas en la ley.
• Personas autorizadas por el paciente.